ECUADOR NUMISMATIC HISTORY

LA REPUBLICA: Casa de Moneda de Quito

 

1830/May/13 Se proclama la separación del Departamento del Sur (Ecuador) de la Gran Colombia.
1830/Sep/23 Se expide la Primera Constitución Política, la misma que mantenía la aspiración confederativa del Presidente Flores, esta denominaba al Ecuador "Estado del Ecuador en la República de Colombia". Era impostergable la necesidad de acuñar moneda propia y solucionar la crisis ocasionada por la circulación de moneda foránea, la falsificación y sobre todo por afirmar la Soberanía Nacional del Ecuador.

1831/Oct/26 El Presidente Flores comunica al Congreso del Estado ecuatoriano la resolución de establecer una Casa de Moneda en la capital (Quito).
1831/Nov/08 El Congreso dicta la primera Ley de Monedas en la cual no designa ninguna característica particular sino que el tipo de moneda a acuñar será el mismo de las acuñadas en Popayán. El Ejecutivo hizo algunas reformas y la labor de la Casa de Amonedación de Quito empezó dos años después mientras tanto continuaba la escasez de moneda, introducción de moneda extranjera y falsificaciones.
1832/Dic/26 El Presidente Flores mediante Decreto Ejecutivo autoriza que se admita la circulación y en el comercio toda moneda española o moneda de los nuevos estados americanos, excepto los "reales" acuñados en la Casa de Popayán.

En este mismo decreto se establece que para que se admita la moneda granadina, esta debía ser presentada en la casa de Moneda de la Capital y siempre que sea de buena ley ser estampado en el reverso las iniciales "MDQ" en letra manuscrita y entrelazada, esta moneda es la precursora de la moneda ecuatoriana. La contramarca aplicada se observa en monedas acuñadas en Bogotá y con las fechas 1820 y 1821, se conoce de la historia colombiana que tales monedas fueron acuñadas en Bogotá en el año 1823 y son monedas de baja ley como se había decretado por lo cual se deduce el sospechoso proceder de Flores ya que el seguramente debió conocer este particular.

  Primeras acuñaciones de la Casa de Quito
1832/Dic/30 La Casa de Amonedación de Quito inicia la acuñación de sus propias monedas, sus instalaciones eran modestas y rudimentarias, esta Casa de Acuñación nunca fue solución para la crisis de moneda de nuestro país, como veremos mas adelante nunca logró expulsar a la moneda extranjera de mala calidad.
1833/Ene/12 Sin sujetarse a las disposiciones legislativas de la Ley Monetaria de 1831, el General Flores expidió un nuevo decreto en el que determinaba la moneda a acuñarse y el tipo, esta indicaba acuñar Escudos de oro, pesetas y medios reales de plata, en el reverso de las de plata se grabaría el escudo de armas de Colombia y la frase "EL ECUADOR EN COLOMBIA" y en las de oro iría el busto de una india.
1833/Feb/28 Un Decreto complementario al anterior ordenaba la acuñación de reales de plata cuyos grabados serían iguales a los de las pesetas excepto que en lugar del No.2 iría el No.1 de un real.

Según documentos históricos, los medios reales se acuñaron desde el 30 de septiembre de 1832, antes de que se establezca sus características, por esta razón se explica la existencia de algunos con la letra "M" de medio como lo disponía la Ley y otros con el quebrado ½, por lo tanto estas pudieron haber sido las primeras monedas acuñadas en la Casa de Quito.

1834 Desde este año se acuñaron piezas de 2 escudos en las que en unas se expresaba su valor por medio de 2-E (dos escudos) y en otras por medio de 1-D (un doblón).
1835/Jun/28 Se reúne la Segunda Convención Nacional en Ambato y en ella denominan a nuestro país "República del Ecuador" mientras elegían presidente a Don Vicente Rocafuerte.
1836 A partir de este año se suprime del reverso la inscripción "EL ECUADOR EN COLOMBIA" por "REPUBLICA DEL ECUADOR" pero se mantenía el escudo de armas de Colombia. Se suprime la acuñación de monedas de 1 y 2 escudos por la afluencia de falsificaciones de este tipo y se inicia la acuñación de monedas de 4 escudos conocida también como medias onzas.
1838 Se inicia la acuñación de "onzas" o monedas de 8 escudos, pieza de mayor denominación dentro de nuestro Sistema Monetario.

1841/Oct/08 El Vicepresidente encargado del Poder Ejecutivo ordena la acuñación de monedas de cuatro reales, con las mismas características que las de las otras denominaciones a excepción del canto, en lugar del cordón se dispuso la Leyenda "MORAL INDUSTRIA", con esta leyenda en el canto se trataba de dificultar la falsificación.
  Ley de Monedas de 1843
1842 La falsificación de la moneda llega a niveles alarmantes, las legítimas se acuñaban con imperfección lo que imposibilitaba distinguir la buena de la falsa, llegando al extremo de que el Gobierno legalizó la circulación de la moneda falsa, en este año el país se encontraba al borde de la banca rota.
1843 La Convención Nacional de 1843 dicta una nueva Ley de Monedas en la cual únicamente se cambiaba el diseño de la moneda con la intensión de poder distinguir la buena de la falsa moneda.
1844, 1845 Las irrisorias cantidades acuñadas de acuerdo a la Ley de 1843 produjo la introducción de moneda desgastada y de baja Ley de otros países vecinos.
1845/Dic/29 El Presidente Vicente Ramón Roca decreta la acuñación de una moneda que pudiese competir con las fuertes de otros países.
1846 Se acuña la mejor moneda de plata del país, 1386 piezas de 8 reales por primera vez con la ley de 10 dineros 20 granos denominada "PESO FUERTE". Esta moneda lleva el nuevo escudo de armas adoptado por la Convención de 1845. Tan pronto como se la puso en circulación expulsó a la moneda mala.
1846/Jul/13 El Presidente dispone que la moneda fuerte valga 9 reales en lugar de 8 y prohibe la circulación de las monedas que presentasen un peso menor, en consecuencia de esta medida empezaron a desaparecer los pesos fuertes provocando un aumento de la moneda desprestigiada.
1846/Nov Se expide una nueva Ley de Monedas que acoge la anterior disposición de acuñar pesos fuertes junto con monedas de la baja Ley de 8 dineros, en esta Ley la única innovación fue el cambio de diseño de la moneda, se suponía que al hacer monedas de busto (Bolívar en las de oro y el de La Libertad en las de plata) iba a dificultar la falsificación, pero en general las monedas seguían siendo de baja Ley.
1847 Se inicia la acuñación de acuerdo a la Ley de 1846, en oro se acuñaron solamente onzas (8 escudos) mientras que en plata no se acuñaron ni pesos fuertes ni reales.

Las monedas recién acuñadas eran mejores que las febles y desgastadas que constituía la mayor parte del circulante, al entrar en el mercado las nuevas monedas fueron cercenadas y perforadas con el objeto de equilibrar su valor con el de la moneda feble y saciar así la creciente sed de lucro, en cambio las onzas de oro empezaron a salir inmediatamente al extranjero a cambio de oro.

1856/Dic/05 El Congreso dicta una nueva Ley de Monedas que adopta el sistema decimal francés y ley de 10 dineros 20 granos para las monedas de plata, se da un plazo de 10 años para la amortización de la moneda feble al disponer que ha partir del 15 de Octubre de 1866 ya no se admita otra moneda que no sea del sistema decimal. A pesar de esta Ley, la Casa de Quito continuo con el Sistema Octavario en la elaboración de las monedas hasta el año 1857.
1858

El gobierno no contaba con capital para la acuñación de monedas de 5 francos por lo que tuvo que comenzar a recoger la moneda más degenerada a fin de refinar el metal y acuñar las monedas de 5 francos y de esta forma agotó los últimos recursos de la Casa de Moneda que con esta emisión concluyó su servicio al Estado.

  Acuñaciones del Banco Particular de Guayaquil
1861 El Banco Particular de Guayaquil formado por una asociación de 50 comerciantes solicitó y obtuvo permiso de la Convención Nacional de 1861 para acuñar 200.000 pesos con ley de 8 dineros y bajo el antiguo Sistema Octavario pasando por alta la Ley del Sistema Decimal de 1856
1862 Se acuñan monedas tanto en Quito como en París, el busto de las monedas es diferente para las dos acuñaciones. A parte de las piezas de cuatro y dos reales existen también piezas muy raras como las de ¼ de real y ocho reales.
1863 El Banco de Guayaquil suspende la amonedación, pues luego de haber acuñado 35.580 pesos se encontró un pérdida de un 19% (6.776 pesos).
1867 El Congreso Nacional aprobó el contrato celebrado por el Gobierno para el establecimiento del Banco del Ecuador, en el contrato se dispuso que el Banco podía introducir toda moneda de buena Ley.

1868 El gobierno por decreto autoriza al Banco del Ecuador la introducción de hasta 25.000 pesos en moneda centesimal de cobre en piezas de uno y dos centavos y que cinco de estos centavos equivaliesen a medio real.
1872 Aprovechando el viaje a Europa del Presidente del Banco Don Aníbal Gonzáles, se le encarga gestionar la acuñación de monedas de uno y dos centavos en la casa inglesa de Birmingham y el 8 de Junio de ese mismo año el Presidente Don Gabriel García Moreno decreta su emisión.
1875 Se dispone que para la circulación en las oficinas receptoras de Rentas Públicas se tendrá como moneda legal piezas que tengan 900 milésimos de fino y las de menor Ley hasta 835 milésimos como pesos fuertes, soles, cinco francos, etc.
1877 El Presidente Don Ignacio de Veintimilla permite la libre circulación de moneda con menos de 900 milésimos de fino, esta ley hizo que muy pronto desapareciera la moneda fuerte y apareciera la de baja Ley y menor peso como la chilena y la boliviana que tenía solamente 500 milésimos de fino.

 

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